ASOCIACIÓN CIVIL. Es una agrupación de personas con un fin lícito y común, que no tenga carácter preponderantemente económico. Pueden ser, entre otras: asociaciones: artísticas, educativas, científicas o recreativas. Su constitución debe constar en escritura pública, y ésta y el estatuto deben inscribirse en el Registro Público. Asesórate con especialistas en el área para constituir legalmente tu asociación y elaborar correctamente el estatuto correspondiente para darle seguridad jurídica. #MiAbogadoEsEalte #EalteAbogados #EalteEsLealtad #EalteEmpresas (en Ealte, Corporativo Jurídico) https://www.instagram.com/p/B8wLGnHg8c5/?igshid=1c0uef3jr4h98












