Gafete Único 2014
Gafete Único 2014
Los Agentes Aduanales y la personas físicas o morales que tengan designados apoderados aduanales autorizados, que no se encuentren sujetos a procedimientos de suspensión, cancelación o extinción de su patente o de su autorización, o que se encuentren activos en el ejercicio de sus funciones, deberan tramitar ante la autoridad aduanera un Gafete Único de identificación conforme a la presente fracción, que podrán utilizar en las aduanas autorizadas y la de su adscripción.
El Gafete Único de identificación deberá tramitarse por cada persona que preste servicios o que realice actividades dentro de los recintos fiscales y fiscalizados el cual podra utilizar en las aduanas que de conformidad con las disposiciones legales tenga autorizadas.
Este proceso de Solicitud, registro, dictaminación, resolución, y renovación se llevara a cabo en portal VUCEM https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.htm
Se establece gafete único (sin necesidad de renovación anual) sin necesidad de tener uno por cada aduana donde actual el Agente Aduanal, su mandatario y dependientes pudiendo establecer a estos dos últimos las aduanas por donde pueden actuar y en caso de que el agente aduanal tenga sociedad con otros Agentes Aduanales podrá autorizar que también sea valido dicho gafete para el resto de las aduanas donde se encuentren los AA socios.
Aduana de Enrolamiento: es la figura que establece en que aduana se tomara la foto, huella digital y Firma.
El registro de todos los solicitantes del Gafete lo puede realizar un capturista privado; pero al final debe firmar el Agente Aduanal para iniciar la solicitud.,
Proceso Inicia el 24 de Marzo y concluye el 15 de Mayo.
Todo personal que vaya a solicitar gafete debe de proporcionar su RFC con Homoclave ya que por medio de este el portal establece su domicilio Fiscal y al realizar el registro también debe de indicar el domicilio Particular.
La documentación deberá ser digitalizada cumpliendo las mismas especificaciones de VUCEM .
Procedimientos de Cancelación o baja de momento se seguirán realizando como hasta ahora ya que aun no está implementado ese procedimiento.
Explicación completa del tema: http://lms.ventanillaunica.gob.mx/lms/cuScrom/VU-GFU/story.html
Documentos que deberán traer digitalizados de acuerdo a la figura a dar de alta:
A. Para el Gafete Único de Identificación de agente y apoderado aduanal: a) Comprobante de domicilio.
B. Para el Gafete Único de Identificación de mandatarios y dependientes autorizados: a) Comprobante de domicilio b) Constancia de la relación laboral
C. Para el Gafete único de Identificación de las personas que auxilien conjuntamente a los agentes aduanales agremiados o asociados, en los trámites de todos los actos del despacho, en las aduanas en las que presten sus servicios de manera común: a) Comprobante de domicilio. b) Constancia de la relación laboral c) Documento con el que los agentes aduanales asumen la responsabilidad ilimitada por los actos de las personas a las que les solicita gafete.
Sigue sin funcionar en VUCEM, mientras nos preparamos para cumplir con los requerimientos







