No, los cubanos no optan por la residencia en Brasil
En las redes sociales se están compartiendo publicaciones que afirman que los cubanos pueden solicitar residencia en Brasil mediante la figura de «acogida humanitaria». Sin embargo, esta afirmación es FALSA. Actualmente, no existe un programa ni un acto normativo que permita a los cubanos solicitar residencia en el país sudamericano bajo esa figura. Conforme a la Ley de Migración de Brasil (Ley 13.445/2017), artículo 14, § 3º, «la visa temporal por acogida humanitaria podrá ser otorgada a una persona apátrida o a un nacional de cualquier país en situación de»:
Inestabilidad institucional grave o inminente, conflicto armado, calamidad de gran escala, desastre ambiental, grave violación de derechos humanos o del derecho internacional humanitario. El investigador cubano Alexei Padilla Herrera, que reside en Brasil, menciona que hasta el momento no hay un acto conjunto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública ni del Ministerio de Relaciones Exteriores que reconozca oficialmente la situación de Cuba para fines de acogida humanitaria. En 2025, el Ministerio de Justicia de Brasil solo aprobó dos solicitudes de refugio de ciudadanos cubanos, a pesar de que 41 919 nacionales de la isla solicitaron ese estatus. Esta cifra representó el 55.4 % de las 75 599 solicitudes totales registradas en el país y significó un aumento de más del 88 % en comparación con 2024, cuando se contabilizaron 22 288 peticiones de cubanos. El contraste es evidente si se compara con los 8 946 refugios concedidos en 2024 —frente a 218 denegaciones, de las cuales 12 correspondieron a cubanos— y con años anteriores: en 2021 se aprobaron 332 solicitudes de cubanos y en 2022, 406. Entre 2023 y 2025, en cambio, solo seis migrantes de la isla recibieron una respuesta positiva. Según datos del Observatorio de las Migraciones Internacionales (OBMigra), cerca del 40 % de los cubanos que solicitaron refugio en 2025 tenían entre 15 y 24 años, lo que indica un flujo notablemente joven. Además, 36 667 peticiones se presentaron en el estado Roraima, fronterizo con Venezuela; y 8 376 en Amapá, limítrofe con Guayana Francesa, que son los principales puntos de entrada terrestre utilizados por migrantes que llegan tras atravesar países vecinos. Las cifras también reflejan un crecimiento sostenido en los últimos años: en 2023 se registraron 12 101 solicitudes de cubanos; en 2022, 5 965; y en 2021, 524. Estos números no incluyen a quienes permanecen en Brasil sin regularizar su situación migratoria. Desde el primero de enero de 2026, Brasil implementó un régimen unificado de visa y residencia por acogida humanitaria. Anteriormente, existían mecanismos diferenciados que beneficiaban a nacionales de ciertos países en crisis; con el nuevo esquema, ya no hay elegibilidad automática por nacionalidad. Ahora, el Gobierno brasileño debe definir mediante actos oficiales qué situaciones y qué nacionalidades podrán acceder a este tipo de visa. Además, se requiere una carta de acogida emitida por una organización en Brasil.
Acto conjunto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública y del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Reconocimiento formal de la situación humanitaria.
Definición de requisitos específicos en norma administrativa.
Carta de acogida emitida por una ONG asociada (para solicitudes en el exterior).
Presentación de la solicitud ante el consulado brasileño habilitado.
La visa concede residencia temporal por dos años, con derecho al trabajo. Se puede renovar y, posteriormente, transformarse en residencia por tiempo indeterminado, conforme a la reglamentación vigente.