The Hollywood reporter, USA, febrero 2026
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The Hollywood reporter, USA, febrero 2026
La Jornada, México, febrero 2026
Conversatorio: Woman & Films en Fine Arts por @fineartsrd #WomanandFilms #Woman #DominicanRepublic #Cine #LeydeCine #FineArtsRD #Cinematografia #Photography (at Fine Arts Cinema Cafe at Novo-Centro) https://www.instagram.com/p/BorVw4Zh2hf/?utm_source=ig_tumblr_share&igshid=12747zmgapmq6
LA TV DIGITAL Y EL CINE
1. TELEVISIÓN DIGITAL:
La Televisión Digital Terrestre, TDT, es una aplicación de un conjunto de tecnologías de transmisión y recepción de imagen, sonido y datos que codifican digitalmente la señal de televisión, convirtiéndola en series de números ceros y unos los cuales son transmitidos en determinadas frecuencias del espectro electromagnético (aire), permitiendo que las imágenes que se reciban tengan mayor nitidez, que el sonido sea de mejor calidad y que puedan ser captados por teléfonos celulares.
1.1. Televisión Digital en el Perú:
Es la señal de televisión a la que están migrando la mayoría de los países. Consiste en una transmisión de señal en código binario y que brinda una calidad que puede alcanzar la alta definición o HD. Cuenta con mayor cantidad de líneas de resolución en lo que respecta a la imagen, y hace uso de un sistema de audio superior.
1.1.1. Características:
- El uso de una nueva forma de pantalla, donde las proporciones son 16 x 9, resultando una pantalla más rectangular que la cuadrada que se usa en la TV analógica.
-Mayor cantidad de líneas de resolución. En algunos casos la calidad llega a ser HD como en el ATSC donde se usan 1920 x 1080 líneas de resolución en sistema entrelazado.
- Un sistema de sonido dolby digital.
- Es una señal que ocupa menos espacio en la transmisión, lo que permite dar cabida a más canales.
1.1.2.La regulación de la televisión terrestre en el Perú:
La Ley 28278: Ley de Radio y Televisión (LRTV) de julio del 2004, impone al Estado la tarea de promover la radiodifusión digital y traduce este deber promocional, en dos acciones que corresponden ser cumplidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Estas tareas son:
- Tomar las medidas necesarias relativas al espectro radioeléctrico.
- Adoptar los estándares técnicos correspondientes.
1.1.3. Radiodifusión digital y estándares técnicos:
En cuanto a los estándares técnicos que se han de adoptar con el propósito de promover la radiodifusión digital, la propia LRTV señala que la definición que se haga de los estándares, deberá tener en cuenta 3 criterios: las tendencias internacionales, la mayor eficiencia y el máximo beneficio para el país.
1.1.4. Apagón analógico:
El cese de las transmisiones de la televisión con tecnología analógica, conocido por el nombre de “apagón analógico”, ocurrirá en el cuarto trimestre del 2020 para el territorio 1; el cuarto trimestre del 2022 para el territorio 2; el cuarto trimestre del 2024 para el territorio 3. Para el territorio 4 no se ha fijado un referente temporal para la ocurrencia del deseado “apagón” (artículo 17°).
Esta disposición confirma que el 47% de los peruanos -en esta y en varias de sus próximas generaciones- no verán el “apagón analógico”, que ya habrá ocurrido para la otra mitad del país en el año 2024.
2. LEY DE CINE:
se trata de una ley complementaria a la Ley 26370, que es la que rige, desde 1994, el cine peruano. ¿Por qué es necesaria una ley complementaria? Porque la Ley 26370 ha sido incumplida sistemáticamente: el Estado nunca ha dado los US$2 millones de dólares que debería entregar anualmente.
2.1. ¿En qué consiste?:
La ley propone una forma alternativa de conseguir dinero, además de lo que otorga anualmente el Estado: nos referimos al fondo Procine.
2.2. ¿Cómo se alimenta el fondo?:
A través de un contrato hecho por el Conacine con los exhibidores y las distribuidoras, de 20 años de duración, y que cuenta con el aval del Ministerio de Cultura. Las empresas serán las encargadas de dar el monto acordado para el fondo.
2.3. ¿Las empresas cumplirán?
Cuando se firma un contrato, siempre las partes, si ocurre un imprevisto, se pueden sentar a ver qué pasó. Si hay un terremoto y se caen los cines en el Perú, de repente los cines nos dicen que no nos pueden dar el 3,3%. Pero si los cines siguen como están, no hay motivo para sentarse a renegociar. Esto viene de un contrato que va a ser muy blindado para que corra sin problemas en los próximo años”, afirma Gustavo Sánchez, presidente de la APCP.
2.4. ¿La nueva ley deroga la 23670?:
•A través del blog “Páginas del diario de Satán”, se dio a conocer un hecho alarmante: la nueva ley modifica el artículo 17 de la 23670, que es el único en todo el texto del monto que debe otorgarle el Estado al Conacine.
•El artículo modificado habla de que la empresa productora tiene la obligación de entregar al Conacine una copia final, y que el Conacine podrá hacer uso de esa copia para difusión cultural. La nueva ley no habla del aporte del Estado, y de esta forma lo eliminaría, haciendo que Conacine dependa tan solo del fondo Procine.
LEY DEL CINE
En el 2010 se aprobó en el Congreso una nueva ley de cine.
Para comenzar, algunos puntos sobre las íes: se trata de una ley complementaria a la Ley 26370, que es la que rige, desde 1994, el cine peruano. ¿Por qué es necesaria una ley complementaria? Porque la Ley 26370 ha sido incumplida sistemáticamente: el Estado nunca ha dado los US$2 millones de dólares que debería entregar anualmente.
¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY?
La ley propone una forma alternativa de conseguir dinero, además de lo que otorga anualmente el Estado: nos referimos al fondo Procine. ¿Y con qué se alimenta? Pues eliminando el 10% del impuesto municipal a la entrada de cine, y haciendo que el 33,3% de ese porcentaje (o sea, el 3,3% del total del valor de la entrada) vaya al fondo, que será administrado por Conacine.
Conozca todo acerca de la nueva LeydeCine via @senadogovco http://bit.ly/wWCkGF