ℹEl 14 de Abril de 2021, finalizaron los 6 meses de adaptación que el gobierno otorgó a las empresas para la implantación de medidas con el fin de eliminar la brecha salarial entre hombres y mujeres. 📍Para ello, la Ley recogida en el apartado 2 del artículo 28 del Estatuto de los trabajadores menciona: ▶️"El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor"◀️ ❎Es por ello por lo que las empresas están obligadas a realizar un Registro Salarial de todos los trabajadores. ❎El responsable de este registro es única y exclusivamente el Empresario. ❎En caso de no realizar el Registro o estar incompleto puede tener sanciones de hasta 6.250€. ❎Pero en el caso que se demuestre que hay brecha salarial, que no está registrada, por intento de falseo de datos la multa puede llegar a los 187.515€. Además, con el objetivo de disminuir la brecha salarial, este conjunto de medidas promueven la igualdad de género entre los trabajadores de diferente sexo que ocupen cargos de la misma responsabilidad y pertenezcan a las mismas categorías profesionales. 🔝🔝🔝 👨👩👨🎓👩🎓👨⚕️👩⚕️👨🏫👩🏫👨⚖👩⚖👨🌾👩🌾👨🍳👩🍳👨🔧👩🔧👨🏭👩🏭👨💼👩💼👨🔬👩🔬👨💻👩💻👨🎤👩🎤👨🎨👩🎨👨🏻✈️👩🏻✈️👨🏻🚀👩🏻🚀👨🏻🚒👩🏻🚒👮♂️👮♀️🕵️♂️🕵️♀️💂♀️💂♂️👷♂️👷♀️🧕🧔👱♂️👱♀️🙋♂️🙋♀️ Para más información y ayuda en: 📞650 936 646 📲[email protected] 💻www.pedrorequenaasesores.com #Asesorialaboral #RegistroSalarial #RegistroSalarialObligatorio #NuevasNormas #Igualdaddegenero #Asesoriadeautonomos #Asesoriadeautonomas (en Pedro Requena Asesores) https://www.instagram.com/p/COhp0jDsvVt/?igshid=1v0vqsqkgc2bc