Este año el día del Empleado de Comercio coincide con un día domingo. De todos modos, y como sucedió en años anteriores, la celebración del día del trabajador mercantil se traslada al lunes 27 de setiembre, por acuerdo de la FAECyS y las cámaras mercantiles. Según la ley 26.541, el día del Empleado de Comercio los trabajadores no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales. Por lo tanto, si bien ese día no se prestan servicios, se debe pagar como un feriado. En caso de trabajarlo, se deberá pagar doble. Fuente: @ignacio.online #empleados #comercio #contadoracaba #contadoraonline #EstudioGarbi (en Ciudad Autónoma de Buenos Aires) https://www.instagram.com/p/CTSSO4zr_R1/?utm_medium=tumblr













