Mons. Crepaldi: "La objeción de conciencia, una prueba de fuego para nuestra fe"
Mons. Crepaldi: “La objeción de conciencia, una prueba de fuego para nuestra fe”
Mons. Crepaldi: “La objeción de conciencia, una prueba de fuego para nuestra fe”
Vida, familia, libertad de los padres en la educación de los hijos. Cuando recibió a los participantes al Congreso promovido por el Partido Popular Europeo, Benedicto XVI definió estos tres principios como “inherentes a la naturaleza humana” y, por lo tanto, “no negociables”. Invitó a los católicos comprometidos en…
Ahí nos movemos todos nosotros conscientes, muy conscientes, con las manos libres y el espíritu encadenado, buscando algún punto ciego, creando vías mentales hacía ellos. Aparecen, entonces, fútiles instrumentos alguna vez diseñados y ya olvidados por los carceleros. Vociferados hace más de 70 décadas en grandes convenciones, proclamados como derechos inherentes a nuestra naturaleza social siendo realmente material de utilería de este gran montaje, objetos que sirven a mantener esta conciencia de esclavitud. El principal de ellos es el derecho a la revolución, esencial sustento de su maquinación, y vital elemento para nosotros. De este nacen, las que hoy son para nosotros herramientas, puntos ciegos de compleja ubicación, la desobediencia civil y la objeción de conciencia. Diseñados como vías escape necesarias en un sistema democrático representativo hoy pocos saben que alguna vez se reconoció su existencia y menos aún recuerdan la forma en cómo ejercerlos.
Están ahí, o, podrían no estar ahí, mal que mal para la tirana mayoría estos no existen. Aún así nosotros podemos ejercerlos, se levantan hoy como una vía más para expresar la disidencia y si bien, solo a los lejos veo que puedan servir a la destrucción del sistema representativo, no son ni más ni menos que esto, son útiles a un fin distinto, al de recordar a los demás, que siempre son más, que junto a ellos habitamos encarcelados los disconformes.
La desobediencia civil y la objeción de conciencia son construcciones jurídicas reconocidas por las leyes, en ningún caso por las leyes chilenas, sino solo a nivel internacional. A través de su consagración en las normas se les busca reducir a meras creaciones jurídicas, de tal forma de inculcar en nosotros una lógica según la cual al suprimir la ley estos derechos desaparecerían, lo que no es cierto ni para el más patriota ciudadano. El derecho a la revolución existe con independencia a si una norma lo contiene, porque cada hombre puede, si así lo quiere, destruir lo que ha forjado y determinar nuevas formas, para esto no ha requerido jamás que algún otro hombre lo gobierne y ha debido obedecer ciegamente su ordenamiento normativo.
Estos son instrumentos entregados a las minorías y si estas no pudieran desobedecer alguna obligación civil que se les impone personalmente e invocar una objeción de conciencia, la democracia en la que vivimos colapsaría al tornarse injusta para sus ciudadanos. Pese a esto, en muchos países, incluido el nuestro, si requiriésemos una habilitación legal para ejercerlos no la encontraríamos, no existe norma al respecto, lo que no significa que no estemos plenamente facultados para ejercerlos. En este sentido, el mejor ciudadano no dudaría en desobedecer una ley manifiestamente injusta, y nadie juzgaría al pacifista que opone objeción de conciencia ante la obligación de servir como soldado a su Estado, fue para situaciones como estas para las que nacieron estos instrumentos. Esto está bien para las minorías, pero para la disidencia la justicia nunca ha estado en la ley. Y como señala Thoreau, en su ensayo el El deber de la desobediencia civil, “No es deseable cultivar por la ley un respeto igual al que se acuerda a lo justo. La única obligación que tengo derecho a asumir es la de hacer en todo momento lo que considero justo.”